Los
corredores de comercio (auxiliar autónomo cuya función es
facilitar el contacto entre las partes, vendedor y comprador, certificando su
identidad y capacidad) requiriéndose tener 21 años con residencia de por lo
menos un año en el lugar donde ejerzan sus funciones y haber desempeñado el
comercio con honradez. Por ejemplo, cuando nos dirigimos a una inmobiliaria
para comprar una propiedad, actuando esta como intermediario entre comprador y
vendedor, brindando confianza al acto.
Los rematadores o martilleros: Intervienen en remates o subastas
públicas, que pueden ser encomendadas por los propios particulares, o
determinadas por sentencia judicial.Barraqueros y administradores de casas de depósitos, con obligaciones propias de los depositarios, llevando un libro de la entrada y salida de los artículos depositados, debiendo conservarlos, cuidarlos y otorgar recibos, ya que son responsables de su custodia.
Los factores (personas encargadas de la administración de los negocios, o de uno en particular del comerciante, como mandatario suyo) o encargados (al frente del establecimiento pero sin mandato del comerciante, siendo solo un empleado de mayor jerarquía) y los dependientes de comercio (empleados de menor jerarquía)
Acarreadores, porteadores o empresarios de transportes: Actúan en el ámbito del transporte de mercaderías.
Comisionistas o consignatarios: actúan en nombre propio pero por cuenta ajena.
Despachantes de aduana: Intervienen en los trámites y diligencias de la importación y exportación de mercaderías y en trámite aduaneros.
Corredores de cambio: colaboran en la compra-venta de divisas o monedas extranjeras, autorizados por el Banco Central.
2.2 SOCIEDADES MERCANTILES
2.2.1 CONSEPTO Y CONSTITUCIÓN
La
sociedad mercantil se puede definir de la siguiente manera: “es sociedad
mercantil la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el
acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus
esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico
con propósito de lucro”.
Son dos o
más personas que crean relaciones de obligación y patrimoniales mediante un trato
unitario para la consecuencia de un fin común.
Las
sociedades mercantiles pueden constituirse bajo el régimen de capital fijo o de
capital variable, por lo tanto, no debe pensarse que la sociedad de capital
variable es una sociedad mas que hayamos omitido, si no que, cualquiera puede
adoptar esta modalidad. La constitución de las sociedades mercantiles deberá
hacerse ante un notario público, mediante escritura social que inscribirá en el
registro público de comercio.
Las
sociedades mercantiles se rigen por la ley general de sociedades mercantiles y
la sociedad cooperativa por la ley general de sociedades cooperativas, la
constitución de unas y otras, deberá constar en escritura social ante notario
público
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